BONIFICACIÓN SOBRE EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI)
Disfrutarán de una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles destinados al uso de vivienda o terciario, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los tres períodos impositivos siguientes a la fecha de legalización de la instalación.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a las condiciones publicadas en las ordenanzas fiscales del Ajuntament de Calafell.
BONIFICACIÓN SOBRE EL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)
Se concederá una bonificación de un 95 por ciento de la cuota del impuesto a los sujetos pasivos que obtengan la licencia urbanística para la realización de obras o instalaciones relacionadas con los siguientes ámbitos, y que no estén obligados normativamente a realizar -lo: La realización de obras que fomenten el ahorro energético y/o la utilización de energías renovables, incluidos los sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o la instalación de calderas de biomasa, ya
sea para instalaciones de sistemas de calentamiento de agua, calefacción y de producción de energía eléctrica para el autoconsumo.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a las condiciones publicadas en las ordenanzas fiscales del Ajuntament de Calafell.