
Las ayudas Next Generation para elautoconsumo y almacenamiento que se gestionan a través deICAEN (Instituto Catalán de Energia), se han convertido en una de las ayudas más deseadas dentro del mundo de la fotovoltaica y es que pese a aumentar el fondo que se había adjudicado de primeras, éste se agotó en horas de abrirse la puerta. Las listas de espera son muy largas, pero no debe perderse la esperanza, ya que desde el Gremio de Instaladores se ha informado que este fondo irá aumentando por tongadas y permitirá albergar a más personas.
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¿Sabemos sin embargo, qué trámites y procesos pasará nuestra petición? A continuación te explicamos los pasos y puntos a tener en cuenta:
Si queremos acogernos a esta ayuda, primero, deberemos asegurarnos de que el presupuesto de nuestra instalación fotovoltaica sea posterior a julio de 2021, sino directamente estaremos fuera.
1. Presentación de la solicitud.
En el momento en que se tiene el presupuesto definitivo de la instalación (debe ser el definitivo, ya que todos los cálculos se harán en base a éste), ya se puede presentar la solicitud por la ayuda. Punto importante, puesto que nunca se acabará pagando una subvención superior a pesar de haber acabado instalando una potencia más alta.
2. Revisión de la solicitud.
Una vez se ha presentado la solicitud, el ICAEN hace una revisión y, si detectan que falta alguna documentación o que es necesario aclarar algún punto, se envía un requerimiento por correo electrónico a la persona que se haya indicado como "persona a notificar". Si no se ha especificado ninguna persona distinta de la solicitante, se enviará a ésta.
Una vez hecha la revisión se pueden dar 3 casos diferentes:
- Que todo esté correcto y se resuelva favorablemente.
- Que no se haya respondido correctamente al requerimiento por plazo y/o por forma. Se interpretará como un desistimiento.
- Inadmisión. Son todos aquellos casos en los que es imposible arreglar algún documento o hecho acaecido.
En el caso de estar en el segundo de los casos, el ICAEN enviará un requerimiento y tendrá 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos y festivos) para resolverlo a través de un formulario que se encuentra en la web.
3. Otorgamiento de la subvención.
Una vez todo esté correcto (se recibirá un correo informando del cambio de estado del expediente). En ese momento, el beneficiario podrá actuar de 3 maneras diferentes, las cuales se tendrán que notificar:
- Renunciar a la subvención por el motivo que sea.
- Estar en desacuerdo con la resolución. Se tiene 1 mes para notificarlo.
- Estar de acuerdo a la resolución. En este caso, no es necesaria ninguna notificación, pero se tienen 18 meses para entregar la justificación de la actuación subvencionada.
4. Resolución
Una vez presentada la documentación de la justificación, el ICAEN hace una revisión. Si todo es correcto, se procederá al pago sin previo aviso, pero si durante la revisión se detecta que falta alguna documentación o que es necesaria alguna aclaración, volverán a hacer un requerimiento por correo electrónico. En ese caso se iniciaría un procedimiento de revocación parcial de la subvención, dando opción al beneficiario a presentar alegaciones en caso de no estar de acuerdo.
Si necesitas tener más información sobre esta subvención y sus pasos a seguir, contacta con nosotros. ¡Te informaremos encantados!