BONIFICACIÓN SOBRE EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI)
Disfrutarán de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto sobre los bienes inmuebles, los inmuebles destinados al uso de vivienda, en los que se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los cinco períodos impositivos siguientes a la fecha de reconocimiento del beneficio fiscal. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a las condiciones publicadas en las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Tarragona que puedes consultar haciendo clic aquí.
BONIFICACIÓN SOBRE EL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)
El Ayuntamiento de Tarragona concederá una bonificació del 2% de la cuota del Impuesto a favor de las construcciones, instalaciones y obras por las instalaciones de energía solar fotovoltaica en instalaciones aisladas. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a las condiciones publicadas en las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Tarragona que puedes consultar haciendo clic aquí.
Consulta las ORDENANZAS FISCALES DE TARRAGONA