BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)
Tendrán derecho a una bonificación del 50% sobre la cuota íntegra, con un máximo de 300€ por vivienda.
Esta bonificación se aplicará durante 3 años consecutivos a contar desde la primera liquidación posterior a la presentación de la solicitud.
Para tener derecho a esta bonificación, será necesario presentar al ayuntamiento la solicitud de bonificación antes del plazo de 6 meses a contar desde la fecha que figure en el documento que acredite que la instalación está ejecutada y legalizada ante la Generalidad.
BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)
El Ayuntamiento de Cruïlles, Monells y Sant Sadurní de l'Heura nos confirma que existe una bonificación fiscal consistente en la bonificación del 50% de la cuota íntegra de ICIO para la instalación de paneles solares en su municipio.