
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI):
Disfrutarán de una bonificación del 20% de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de energías renovables que justifiquen un ahorro energético superior al mínimo que establezca el Código Técnico de Edificación RD 314 /2006 u otra que sea aprobada. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que dichos sistemas incorporen elementos que dispongan de la correspondiente homologación otorgada por la administración competente.
En ningún caso, se aplicará la bonificación en los supuestos de instalaciones ejecutadas expresamente para la comercialización de energía, tanto si éstas se construyen en suelo rústico, como en suelo urbano, y tanto si se trata de instalaciones independientes de cualquier otro edificio, como si quedan integradas en una construcción preexistentes (tejados, patios, etc).
Para el reconocimiento de la anterior bonificación los posibles beneficiarios tendrán que presentar antes del 15 de febrero, junto con la pertinente solicitud, el proyecto técnico de instalación del sistema de aprovechamiento, la correspondiente declaración responsable del técnico y del titular de la instalación que acredite que ha efectuado la instalación del sistema de acuerdo con el proyecto técnico y la documentación que deje claro la homologación de los elementos empleados. Una vez concedida la bonificación, ésta tendría una vigencia máxima de 5 años, transcurridos los cuales habrá que acreditar la renovación de los sistemas instalados u otras circunstancias o actuaciones que permitan garantizar su capacidad y funcionamiento.El importe acumulado de las diferentes bonificaciones establecidas en los párrafos precedentes en ningún caso podrá exceder del 50 % de la cuota íntegra correspondiente. Para poder disfrutar de las bonificaciones anteriores es condición necesaria que el sujeto pasivo o sucesor/responsable esté al corriente de sus obligaciones fiscales con la administración local.
IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO):
Bonificación del 75% en favor de los sistemas de energías renovables para autoconsumo.
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