La línea de acción, que será coordinada por Instituto para el Ahorro y la Diversificación de la Energía (IDAE), se otorgará en régimen de concurrencia competitiva a través de convocatorias cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y que podrán ser reforzadas con fondos adicionales ligados a la recuperación económica.
Se establecen dos tipologías de ayudas:
Proyectos de producción de energía térmica con fuentes renovables, incluyendo instalaciones de producción de gases renovables, como por ejemplo bombas de calor o sistemas de energía solar de concentración para aportar calor a procesos industriales, reduciendo emisiones y mejorando la competitividad de los sectores.
Proyectos de generación eléctrica con fuentes renovables, como pueden ser proyectos eólicos o fotovoltaicos con almacenamiento o por autoconsumo.
A partir de estas dos bases reguladoras, se podrán realizar diversas convocatorias en función del territorio y la tipología de tecnología. Podrán presentarse en las convocatorias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que vayan a realizar un proyecto de acuerdo con estas especificaciones. También podrán solicitar subvenciones comunidades de bienes, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y otras agrupaciones que puedan llevar a cabo la actuación de la ayuda.
El importe de la ayuda, que no podrá exceder de 50 millones, se determinará en cada una de las convocatorias y de acuerdo a criterios como la potencia instalada asociada al proyecto.
Para obtener una de las subvenciones, que serán a fondo perdido, las bases reguladoras fijan unos criterios básicos para la selección de los proyectos, que posteriormente serán detallados en cada una de las convocatorias que se realicen. A todos los efectos, se podrá tener en cuenta el criterio económico y la viabilidad administrativa del proyecto.
El presupuesto inicialmente disponible para cada territorio dependerá de los remanentes en la programación FEDER 2014-2020 para el Objetivo Temático 4 (Economía Baja en Carbono).
Puedes descargar y consultar toda la información sobre esta ayuda aquí.
Se establecen dos tipologías de ayudas:
Proyectos de producción de energía térmica con fuentes renovables, incluyendo instalaciones de producción de gases renovables, como por ejemplo bombas de calor o sistemas de energía solar de concentración para aportar calor a procesos industriales, reduciendo emisiones y mejorando la competitividad de los sectores.
Proyectos de generación eléctrica con fuentes renovables, como pueden ser proyectos eólicos o fotovoltaicos con almacenamiento o por autoconsumo.
A partir de estas dos bases reguladoras, se podrán realizar diversas convocatorias en función del territorio y la tipología de tecnología. Podrán presentarse en las convocatorias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que vayan a realizar un proyecto de acuerdo con estas especificaciones. También podrán solicitar subvenciones comunidades de bienes, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y otras agrupaciones que puedan llevar a cabo la actuación de la ayuda.
El importe de la ayuda, que no podrá exceder de 50 millones, se determinará en cada una de las convocatorias y de acuerdo a criterios como la potencia instalada asociada al proyecto.
Para obtener una de las subvenciones, que serán a fondo perdido, las bases reguladoras fijan unos criterios básicos para la selección de los proyectos, que posteriormente serán detallados en cada una de las convocatorias que se realicen. A todos los efectos, se podrá tener en cuenta el criterio económico y la viabilidad administrativa del proyecto.
El presupuesto inicialmente disponible para cada territorio dependerá de los remanentes en la programación FEDER 2014-2020 para el Objetivo Temático 4 (Economía Baja en Carbono).
Puedes descargar y consultar toda la información sobre esta ayuda aquí.