Actuaciones subvencionables

Seran actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:

  1. Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/o otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
  2. Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

Destinatarios últimos de las ayudas

El artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 define como empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de manera regular.

A efectos de poder determinar el tamaño de empresa, se considerará la definición aportada por el artículo 2 del Anexo de la Recomendación de la Comisión del 6 de mayo de 2003 (2003/361/CE) o anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

Para el Programa de incentivos 2, el importe que hay que otorgar a la instalación de energía renovable térmica será de 70 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables.

2.º Ayuda adicional

Cuando las actuaciones que se lleven a término en municipios de reto demográfico, el porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable se incrementará en 5 puntos porcentuales. A efectos de este Real Decreto, se entiende por municipos de reto demográfico los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitatnes donde todas las entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.

Para determinar si un municpio tiene consideración de municipio de reto demográfico el IDAE dispone en su sede electrónica del listado de municipios que se pueden acoger a la ayuda adicional. Este listado tendrá carácter informativo y estará supeditado a las publicaciones oficiales correspondientes al Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal regulada conforme al Real Decreto 1147/2020, de 15 de diciembre.

Puedes encontrar toda la información sobre la ayuda haciendo clic aquí.