Actuaciones subvencionables
Seran actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/o otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
- Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.
Destinatarios últimos de las ayudas
Son los siguientes sujetos, siempre que realicen una activitat económica por la cual ofrecen bienes o servicios en el mercado:
- Las personas físicas.
- Las personas jurídicas.
- Cualquier entidad del sector público institucional de cualquier Administración Pública que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado o las organizacioens privadas sin ánimo de lucro.
- Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.
Dentro del programa de incentivos 2 se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
- Las entidades locales territoriales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local o cualquier otra Entidad local o supralocal, diferente de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.
- Cualquier entidad del sector público institucional de qualquier Administración Pública a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizacione sin ánimo de lucro.
- Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.
Cuantía de las ayudas
Para ambos programas de incentivos, el importe de la ayuda a otorgar será la suma de la Ayuda Base y de la Ayuda Adicional que pueda corresponder en cada caso:
1r Ayuda base.
Para el Programa de incentivos 1, el importe que es necesario otorgar a la instalación de energía renovable térmica será de 35 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables. La intensidad de la ayuda se incrementará en 10 puntos porcentuales en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 5 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.
En la siguiente table se resumen los porcentajes de las ayudas:
% ayuda base gran empresa | % ayuda base mediana empresa | % ayuda base pequeña empresa | |
---|---|---|---|
Programa de incentivos 1 | 35 % | 40 % | 45 % |
El artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 define como empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de manera regular.
A efectos de poder determinar el tamaño de empresa, se considerará la definición aportada por el artículo 2 del Anexo de la Recomendación de la Comisión del 6 de mayo de 2003 (2003/361/CE) o anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
Para el Programa de incentivos 2, el importe que hay que otorgar a la instalación de energía renovable térmica será de 70 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables.
2.º Ayuda adicional
Cuando las actuaciones que se lleven a término en municipios de reto demográfico, el porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable se incrementará en 5 puntos porcentuales. A efectos de este Real Decreto, se entiende por municipos de reto demográfico los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitatnes donde todas las entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Para determinar si un municpio tiene consideración de municipio de reto demográfico el IDAE dispone en su sede electrónica del listado de municipios que se pueden acoger a la ayuda adicional. Este listado tendrá carácter informativo y estará supeditado a las publicaciones oficiales correspondientes al Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal regulada conforme al Real Decreto 1147/2020, de 15 de diciembre.
Dotación total
La dotación total para Cataluña es de 27.313.538 €.
Plazo de solicitud
Desde el 2 de agosto de 2022 a las 09:00 hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta agotar el presupuesto disponible.
Plazo de justificación
Los destinatarios últimos de las ayudas, en el plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión, tendrán que justificar la realización de la inversión requerida para llevar a término la actuación objeto de la ayuda.
Régimen de concesión
Régimen reglado. Se condeden las ayudas por orden de entrada de la solicitud.
Puedes encontrar toda la información sobre la ayuda haciendo clic aquí.